En la jornada de ayer, la AFIP elevó de $200.000 a $700.000 el importe a partir del que los bancos y billeteras virtuales deben informar las transacciones, los saldos y los consumos de sus clientes. Además, estableció que dicho monto se actualizará cada 6 meses a partir de la inflación que mide el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
A través del régimen de información de transacciones, consumos y saldos de cuentas se establece un piso desde el cual los datos de un movimiento de dinero deben ser declarados ante la AFIP, con el fin de que la entidad pueda evaluarlos junto con la situación fiscal de los contribuyentes siempre que sea necesario. Según la resolución publicada el día de ayer, la medida tiene como objetivo "mejorar y simplificar los trámites y agilizar los procesos".
La normativa se publicó ayer en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 5512 de la AFIP, y aplica para operaciones a partir del 1 de junio. De esta manera las billeteras virtuales deberán notificar todo ingreso o egreso mayor a $400.000. Aumento que también regirá para los consumos con tarjetas de débito. Mientras que las acreditaciones y saldos mensuales y los saldos en plataformas electrónicas a declarar pasarán de $200.000 a $700.000, mientras que el monto mínimo para advertir sobre transferencias bancarias pasa de $400.000 a $1.400.000. Fuente: La Nación
コメント