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AFIP oficializó la prórroga del vencimiento de la primera cuota de Ganancias

Foto del escritor: Alejo SagginAlejo Saggin

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la prórroga del vencimiento para la primera cuota del anticipo del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales dirigido a trabajadores autónomos. Esta medida se formalizó a través de la Resolución General 5584/2024, publicada el lunes en el Boletín Oficial.


En el documento, la AFIP explicó que esta extensión se otorga "en carácter de excepción" para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales correspondientes a los anticipos del período fiscal 2024. "Por motivos de administración tributaria, resulta conveniente extender hasta el 25 de octubre el plazo para el ingreso del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias", indicaron.


Respecto al cronograma, el primer anticipo para los contribuyentes con CUIT terminados en 0 a 9 deberá realizarse hasta el 25 de octubre de 2024. En cuanto al segundo anticipo, las fechas de vencimiento son las siguientes:


- Para CUIT que terminan en 0, 1, 2 y 3: 13 de noviembre de 2024.

- Para CUIT que terminan en 4, 5 y 6: 14 de noviembre de 2024.

- Para CUIT que terminan en 7, 8 y 9: 15 de noviembre de 2024.


La AFIP también destacó que no estarán disponibles las opciones de débito automático ni el pago telefónico con tarjetas de crédito para el primer anticipo de Ganancias, así como tampoco el pago a través de cajeros automáticos.


Cabe recordar que el anticipo del Impuesto a las Ganancias para autónomos se calcula en función de la liquidación previa y se distribuye en cinco cuotas mensuales del 20%. Al finalizar el periodo, se ajusta el saldo según el impuesto determinado para el ejercicio actual.

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