
Debido a la ausencia de una ley de Presupuesto para 2025, la cual ha sido solicitada por la oposición para ser tratada en el Congreso pero no ha sido enviada a sesiones extraordinarias por el gobierno de Javier Milei, el Ejecutivo ha decidido asignar los recursos y gastos para este año a través de una nueva resolución. Esta decisión fue formalizada en la Decisión Administrativa 3, publicada este jueves en el Boletín Oficial.
Esta medida se toma en el contexto de la prórroga de la Ley N° 27.701 del Presupuesto 2023, después de que no se alcanzara un consenso en el Congreso para aprobar una nueva ley para el presente año. Es la segunda vez consecutiva que el presupuesto se establece mediante una prórroga legislativa.
En este escenario, el gobierno ha señalado que, aunque no haya un presupuesto aprobado para 2025, se continuará con el ajuste del gasto público, como lo ha descrito el ministro Federico Sturzenegger, bajo la denominación de "deep motosierra". Además, si los ingresos superan las previsiones, se avanzará en la reducción de impuestos.
La norma, que lleva las firmas del jefe de Gabinete Guillermo Francos y del ministro de Economía Luis Caputo, establece lo siguiente:
El presupuesto de 2023 se mantiene vigente, con ajustes conforme al Decreto N° 1131/24.
Se implementará un control trimestral, en el cual se deberá informar sobre la evolución de las plantas de personal y contrataciones.
Se crea un mecanismo para certificar las vacantes y asegurar el financiamiento de los cargos a cubrir.
Algunas partidas de gasto podrán ser modificadas según las necesidades, como bienes de consumo, servicios, transferencias y pagos de deuda.
Además, en lo relacionado con el empleo público, el gobierno ha dispuesto que todas las jurisdicciones y entidades de la administración nacional informen trimestralmente a la Secretaría de Hacienda sobre la evolución de sus plantillas de personal, independientemente de la naturaleza o modalidad de contratación.
Por otro lado, los ministerios y entidades públicas deberán certificar la vacancia de los cargos que planean cubrir y los recursos necesarios para su financiación. La incorporación o modificación de cargos ejecutivos deberá ser aprobada por el Presidente de la Nación, junto con la validación de la estructura organizativa correspondiente.
La decisión de operar con un presupuesto prorrogado ha generado críticas entre los sectores opositores, quienes advierten sobre la falta de transparencia y la ausencia de un debate parlamentario. Además, algunos especialistas señalan los riesgos de gestionar recursos y gastos con una base presupuestaria que fue diseñada en un contexto económico diferente al actual.
La normativa también establece ciertos límites a las modificaciones presupuestarias, en particular, no se podrán alterar los recursos destinados a finalidades principales, gastos de capital o aplicaciones financieras, con el fin de asegurar la estabilidad en áreas clave como infraestructura y servicios públicos.
A continuación, algunos puntos clave de la norma:
Se mantienen los recursos, créditos y cargos correspondientes al presupuesto prorrogado, según la Ley N° 27.701.
Las jurisdicciones deben informar trimestralmente sobre la evolución de las contrataciones y plantillas de personal.
La cobertura de vacantes deberá ser justificada y financiada conforme a las normativas establecidas.
El Presidente de la Nación es quien aprueba la incorporación y reasignación de cargos ejecutivos.
Se exige a las jurisdicciones presentar sus contribuciones trimestrales al Tesoro Nacional y detallar los avances de obras públicas.
La Secretaría de Hacienda tiene la facultad de realizar ajustes en fechas y montos de las partidas presupuestarias.
Los gastos relacionados con inteligencia requieren la aprobación de la Secretaría de Inteligencia para cualquier modificación.
Este marco de funcionamiento, bajo un presupuesto prorrogado, se considera una medida excepcional ante la falta de acuerdo legislativo, aunque genera incertidumbre sobre su impacto en la gestión pública.
Commentaires