A través de la resolución 1043/2022, el Ministerio de Economía determinó la emisión de una Letra del Tesoro Nacional intransferible en dólares, con vencimiento el 30 de diciembre de 2032, para compensar al Banco Central por la diferencia entre la cotización oficial de la divisa y la del Programa de Incremento Exportador, que estableció un tipo de cambio diferencial para los productores de soja. Cabe destacar que esta disposición ya se había realizado durante la primera ronda del dólar soja.
El Programa de Incremento Exportador aplica un tipo de cambio de $230 por dólar para las exportaciones de la oleaginosa y tiene fecha de vigencia hasta el próximo 31 de diciembre.
El artículo autoriza al Ministerio a la emisión de letes en dólares a diez años de plazo, por un monto que cubra la diferencia patrimonial por las operaciones del programa acaecidas al BCRA que, a su vez, devengarán una tasa de interés igual a la que devenguen las reservas internacionales del Banco Central por el mimo período y cuyos intereses serán cancelados de manera semestral.
En lo que respecta al ingreso de divisas de los agroexportadores al Mercado Único y Libre de Cambios, la cifra ya alcanzó los U$S 1.931,95 millones, que ocupa el 64,39% del número final al que se comprometió alcanzar el Gobierno, con 9 ruedas restantes aún por operar. Los referentes del complejo agroexportador, que acordaron con el Gobierno la medidas, se comprometieron a liquidar al menos u$s3.000 millones. En los primeros 14 días del programa, liquidaron u$s1.931,95 millones.
Gracias a la implementación del dólar soja, el Banco Centralacumula compras de divisas por u$s1.106 millones en catorce ruedas. Fuente: Ámbito
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