Anoche, la Cámara de Diputados aprobó la Ley Bases con 147 votos a favor, 104 en contra y 2 abstenciones. El oficialismo aceptó los cambios propuestos por el Senado para conseguir los apoyos necesarios para sancionar la normativa, entre los que se destacan una serie de reformas al Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones.
En principio, el RIGI ofrece distintos incentivos para aquellas inversiones de al menos U$S 200 millones que se ejecuten en los próximos dos años con al menos un 40% de la inversión realizada en el primer año. Entre los beneficios otorgados a las inversiones, destacan: El RIGI ofrece distintos incentivos para aquellas inversiones de al menos U$S 200 millones que se ejecuten en los próximos dos años con al menos un 40% de la inversión realizada en el primer año. Entre los beneficios otorgados a los inversores se destacan: Una reducción de la tasa de Ganancias de 35% a 25%, una tasa para el pago de dividendos y utilidades fija de 7% para los primeros 3 años y de 3,5% para los subsecuentes; exención del pago de derechos de importación para bienes de capital, repuestos, partes, componentes e insumos. También incluye una exención de derechos de exportación a partir de los 3 años para las inversiones en general y de los 2 años para aquellas que se consideren de “exportación estratégica”.
Se destacan también la plena disponibilidad sobre los productos y la libre disponibilidad de las divisas generadas por exportaciones a partir del cuarto año.
Si bien en un primer momento el régimen estaba proyectado para todos los sectores de la economía, no incluía ninguna cláusula que obligue a las empresas a contratar proveedores locales y liberaba la disponibilidad de divisas a partir del tercer año. No obstante, a partir de los cambios introducidos por el Senado y revalidados ayer se reducirán los sectores alcanzados y el RIGI será aplicable solo para los sectores forestoindustrial, turístico, de infraestructura, minero, tecnológico, siderúrgico, energético, petrolero y gasífero.
Además, tras pedidos de la oposición, ahora se deberá contratar a proveedores locales en al menos el 20% de la inversión total destinada a proveedores. Esto es siempre que la oferta de proveedores locales se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad.
Otra de las modificaciones, implica que los cobros de exportaciones del proyecto que adhiera al RIGI estarán exceptuados de ingresar en el mercado de cambios en los siguientes porcentajes: 20% luego de 2 años; 40% luego de 3 años; y 100% luego de 4 años. Esto no solo incluye al cambio de divisas, sino también a "aportes de capital, préstamos o servicios vinculados al proyecto objeto del plan de inversión aprobado". Para los proyectos declarados de exportación estratégica de largo plazo, los porcentajes serán diferentes: 20% luego de un año; 40% luego de 2 años; 100% luego de 3 años. Finalmente, se modifican también las acciones, cuotas o participaciones sociales de los vehículos de proyecto único adheridos al RIGI para que puedan usarse como garantía. Fuente: CORTA
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