
El día de ayer, el presidente Javier Milei envió al Congreso de la Nación el proyecto de “ley ómnibus”, que se compone de 664 artículos que suman más reformas en el Estado y desregulaciones a las ya establecidas en el reciente DNU, y que será tratado durante las sesiones extraordinarias. Entre los artículos, el Gobierno propone declarar la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025. Además, podría ser prorrogada por el Poder Ejecutivo en un máximo de dos años. Según lo que establece el artículo 3, se le delegará al Poder Ejecutivo diferentes facultades enumeradas en la ley, entre ellas se lo habilita excepcional y limitadamente a que el Congreso le confiera facultades legislativas temporalmente que la Constitución le otorga al Legislativo. Además, las normas que se dicten durante esta delegación serán permanentes al menos que se dicte lo contrario. Es decir, que Milei tendrá las facultades de legislar si se aprueban las emergencias, algo que la Constitución Nacional prohíbe expresamente en el artículo 76. Además, el Poder Ejecutivo podrá reorganizar la Administración Nacional, pudiendo modificar la profesionalización de la carrera administrativa de sus agentes; reorganizar total o parcialmente órganos y entidades descentralizadas; "transferir a las provincias, en los casos que corresponda, previo y redistribuir sus bienes y fondos conforme lo considere conveniente"; e "intervenir todos los órganos y entidades descentralizadas" salvo por la universidades nacionales. También regulará y concentrará el régimen de contrataciones públicas de la Administración Nacional. Algo a destacar es que el texto que ingresó el miércoles en Diputados, también prevé la derogación de las PASO y la implementación de la boleta única de papel y el traspaso de la Justicia Nacional a la Ciudad. Habilita al Ejecutivo a privatizar las empresas estatales argumentando que la iniciativa se debe a “la necesidad de concentrar la actividad del Estado en sus funciones esenciales”. Entre las que se pretenden privatizar, se destacan: Aerolíneas Argentinas S.A; Banco de la Nación Argentina;; Casa de Moneda S.E; Ferrocarriles Argentinos S.E; Vehículo Espacial Nueva Generación S.A; Yacimientos Carboníferos Fiscales Empresa del Estado; Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (YMAD); YPF S.A. En lo que respecta al Código Penal, la reforma también busca modificar el artículo 34 para ampliar el inciso 4, que actualmente sostiene que “no es punible el que obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”.
El artículo 334 de la “Ley Omnibus” agrega que “la proporcionalidad del medio empleado debe ser siempre interpretada en favor de quien obra en cumplimiento de su deber o en legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”.
También modifica la Oficina Anticorrupción, introduce cambios en el financiamiento de los partidos políticos y modifica la composición de la Cámara de Diputados replicando el modelo anglosajón que rige en países como Estados Unidos, Inglaterra y Australia.
La Ley Ómnibus se tratará en las sesiones extraordinarias convocadas por el presidente Javier Milei para el período del 26 de diciembre y el 31 de enero.
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