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La Justicia frena la conversión del Banco Nación en sociedad anónima


La Justicia Federal de La Plata dispuso la suspensión del decreto 116/2025, que había dispuesto la transformación del Banco de la Nación Argentina (BNA) en una sociedad anónima, y prohibió cualquier acción administrativa relacionada con su implementación hasta que se resuelva el asunto de fondo. Esta medida cautelar fue dictada en el marco de una causa que cuestiona la legalidad de la privatización de la entidad.

El fallo, dictado por el juez Alejo Ramos Padilla, subraya que la conversión del BNA en sociedad anónima podría contradecir lo dispuesto por la Ley 27.742, también conocida como Ley Bases, que excluyó expresamente a este banco de la lista de entidades privatizables. Además, el juez indicó que cualquier cambio en la estructura jurídica del Banco Nación debe contar con la aprobación del Congreso Nacional.

La decisión surgió a partir de una demanda presentada por un grupo de empleados del banco, entre ellos Juan Honorio Guerrero Iraola, quienes afirmaron que el decreto firmado por el Poder Ejecutivo constituye un "intento encubierto" de privatización. El magistrado destacó que el BNA es una entidad autárquica cuya creación y posible modificación están bajo la competencia exclusiva del Poder Legislativo, señalando que el Ejecutivo podría haber actuado fuera de los límites de las facultades delegadas por el Congreso.

El decreto en cuestión establecía que el BNA se regiría por la Ley 21.526 de Entidades Financieras y enmarcaba la transformación en el proceso de reorganización estatal impulsado por el Gobierno. Además, habilitaba al Ministerio de Economía a suscribir el capital social de la nueva sociedad y a dictar las normas complementarias para su funcionamiento.

El juez consideró que la medida cautelar era fundamental para evitar que la conversión del banco en sociedad anónima pudiera resultar en la pérdida de su carácter público y permitir la participación de capital privado, lo que podría acarrear consecuencias jurídicas, económicas y sociales irreversibles.

Ramos Padilla también recordó que tanto la administración del BNA como el Estado Nacional habían solicitado previamente que la cuestión fuera declarada abstracta, dado que durante el debate parlamentario de la Ley Bases se había descartado la privatización. Sin embargo, la reciente publicación del Decreto 116/2025 reavivó la controversia, lo que llevó a los demandantes a recurrir a la Justicia.

La resolución judicial ordena que el Estado Nacional y el Banco Nación se abstengan de llevar a cabo cualquier acción para aplicar el decreto y les otorga un plazo de cinco días para presentar un informe detallado sobre el interés público involucrado en el caso.

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