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La AFIP suspende el registro obligatorio de contratos de alquiler

Foto del escritor: Alejo SagginAlejo Saggin

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha anunciado la eliminación de la obligación de registrar los contratos de alquiler de propiedades residenciales. Esta decisión se enmarca dentro de la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, que ha suspendido la Ley de Alquileres vigente.


Con la publicación de la Resolución General 5545/2024, la AFIP ha dejado sin efecto el requisito de registrar los contratos ante el Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI). El propósito de esta medida es simplificar los trámites administrativos y reducir la carga burocrática para los contribuyentes. Aquellos que ya hayan registrado sus contratos no necesitarán volver a hacerlo, salvo en caso de modificaciones o actualizaciones. Sin embargo, el registro de nuevos contratos sigue disponible y puede proporcionar beneficios fiscales adicionales.


Para acceder a estos beneficios, los contratos deben ser registrados en la AFIP antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días siguientes a su firma. Los beneficios fiscales incluyen deducciones en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, así como en los impuestos sobre Créditos y Débitos en cuentas bancarias y el Impuesto a las Ganancias.

 
 
 

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